JURÍDICO ARGENTINA
Doctrina
Título:Independencia y desafíos del Poder Judicial
Autor:Romualdi, Emilio
País:
Argentina
Publicación:Revista Nacional de la Justicia del Trabajo - Número 1 - Diciembre 2017
Fecha:13-12-2017 Cita:IJ-CDLXXXIV-288
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I. Introducción
II. Concepto de calidad institucional e independencia del Poder Judicial
III. Breve decálogo de los desafíos del Poder Judicial
IV. Conclusiones
Notas

Independencia y desafíos del Poder Judicial

Informe de Relator: Emilio E. Romualdi

I. Introducción [arriba] 

Ciertamente, el servicio de justicia -tantas veces cuestionado con razón y sin ella- requiere de una “gestión judicial” eficiente que claramente necesita de ciertas revisiones propias de un sistema diseñado en su génesis en el siglo XIX y que durante el siglo XX y la parte que transcurre del Siglo XXI ha tenido modificaciones que, por cierto, no dejan de ser una corrección en base a una matriz que en parte está absolutamente obsoleta. 

En este sentido, es estadísticamente incuestionable el incremento notable de la litigiosidad en general derivada de una cada vez más amplia conciencia de las personas en reclamar el debido resguardo de sus intereses particulares que deriva -ente otros factores- en un exceso temporal en la resolución de las causas. La estructura clásica del Poder Judicial no puede -desde su concepción- dar siempre una adecuada respuesta al requerimiento social.

La respuesta al problema ha sido muy parcial(1). La introducción en nuestro sistema legal de sistemas alternativos de conflictos morigera, pero no soluciona, ni mucho menos, las deficiencias en la calidad de su resolución. No se trata sólo de cantidad, sino también de calidad en la resolución de las controversias y ello requiere una ampliación de los medios utilizados hasta este momento para viabilizar esta necesidad social.

La adecuada resolución de las controversias interpersonales (privados-privados o privados-estado) por el volumen y diversidad en la complejidad que plantea presenta desafíos que deben ser necesariamente resueltos con el necesario abandono de una cierta inercia basada en paradigmas no cuestionados pero no, por ello, necesariamente válidos.

En tal sentido, afirma Bachelar, con cita de Bergson, que “nuestro espíritu tiene una tendencia irresistible a considerar más claras las ideas que le son útiles más frecuentemente... Con el uso, las ideas se valorizan indebidamente. Un valor en sí se opone a la circulación de los valores. Es un factor de inercia para el espíritu... llega un momento en el que el espíritu prefiere lo que confirma su saber a lo que lo contradice, en el que prefiere las respuestas a las preguntas. Entonces el espíritu conservativo domina, y el crecimiento espiritual se detiene”(2).

En tal sentido, analizar la revisión de criterios que impiden establecer un sistema de movilidad que responda a “flujos de demanda” hace que existan desproporciones injustificadas en los volúmenes de trabajo de las distintas jurisdicciones. Ello genera, por un lado, ineficiencia en la respuesta adecuada al justiciable a sus necesidades de resolución de controversias y por el otro una ineficiente asignación de recursos de la sociedad aplicados a obtener sus objetivos. La prosecución en ciertas jurisdicciones -vgr. Prov. de Buenos Aires- de criterios derivados de soluciones normativas arcaicas como la imposibilidad del magistrado de declararse incompetente por territorio de oficio(3) y los límites que imponen los principios de disponibilidad y congruencia generan situaciones en las que el Poder Judicial es testigo “mudo” de componendas sostenidas en la formalidad procesal.

Asimismo, temas como el debido control y asistencia operativa y hasta psicológica a magistrados y funcionarios del Poder Judicial son necesarios debatir a futuro para consolidar un sistema de calidad funcional a la operatividad social.

II. Concepto de calidad institucional e independencia del Poder Judicial [arriba] 

El concepto de calidad institucional deriva del inglés governance que significa, “organización de gobierno”. Esta organización está sujeta a regulaciones y mecanismos formales, y también a aquellas regulaciones que se han impuesto por consenso y que han obtenido legitimidad de modo informal. De este modo se incluyen en el análisis político, las novedades que asoman desde la sociedad civil (redes, ONGs) sean cuales fuesen las reivindicaciones esgrimidas(4).

Estas reglas del juego social se expresan de manera formal -constitución, leyes, decretos, resoluciones- y de manera informal -reglas sociales- como expresión de las expectativas y de los juicios de valor sobre las conductas que se consideran adecuadas adoptar por la sociedad(5).

De este modo, la calidad institucional se da claramente cuando esas reglas y normas cuentan con legitimidad social, son coherentes y coincidentes, conocidas, persistentes en el tiempo, estables. 

La baja calidad institucional implica incoherencias, contradicciones, ambigüedades y conflictos, con reglas imprevisibles, arbitrarias y no estables que denominamos ANOMIA a partir del término acuñado por Durkheim desarrollado La División del Trabajo Social y El Suicidio, esto es, incertidumbre sobre el sistema normativo que regula actos de individuos u organizaciones donde los vínculos sociales se debilitan y la sociedad pierde su fuerza para integrar y regular adecuadamente a los individuos. 

De ese modo, todo proceso que conduzca al desarrollo social en todas sus dimensiones, debe ir acompañado necesariamente por un entorno constituido por instituciones democráticas sólidas, con reglas claras para el ejercicio del poder y la competencia política, y que promuevan la participación activa de la ciudadanía.

En las últimas décadas, se afianzó, entre los estudiosos de la economía y la política y los técnicos del desarrollo, la idea de que las posibilidades que cualquier sociedad tiene de un desarrollo sustentable y equitativo, están íntimamente relacionadas con la forma en la que el poder es ejercido a través de las instituciones políticas, económicas y sociales.

No sólo porque la calidad del marco institucional incide en el clima de negocios, sino sobre todo porque determina la capacidad de consensuar, diseñar e implementar políticas que promuevan y posibiliten el desarrollo. 

De este modo, a diferencia de una creencia que establece la ecuación a la inversa -que la calidad institucional es consecuencia del desarrollo- de acuerdo a las evidencias empíricas de una correlación positiva entre desarrollo institucional y crecimiento económico se ha verificado que el desarrollo de los pueblos depende de la calidad de sus instituciones.

Así, la literatura se ha enfocado a explicar las interacciones complejas entre el crecimiento y desarrollo económico y el desarrollo institucional, bajo el supuesto de que las instituciones afectan el crecimiento, por lo que cualquier cambio institucional tiene implicaciones en el desarrollo. Existe una correlación positiva robusta entre los resultados del crecimiento y las medidas de seguridad institucional. 

El sistema sociopolítico influye en el nivel de desarrollo institucional, el cual, a su vez, se encuentra estrechamente vinculado con el nivel de crecimiento económico y desarrollo social y humano. En este sentido, estudios del Banco Mundial (1998) evidencian una correlación positiva entre el crecimiento de los países y los indicadores de desarrollo institucional como la garantía y asignación de los derechos de propiedad, la garantía de cumplimiento de los contratos, la existencia y fiabilidad de mecanismos de solución de disputas incluido el poder judicial, la vigencia efectiva del sistema de mérito y el grado de corrupción existente(6). 

En definitiva, existe así una idea generalizada en torno a que buena parte del desarrollo de las naciones es explicado por la fortaleza de sus instituciones. 

Por ello, resulta clave pensar el desarrollo institucional basado en la calidad en la gestión pública, la transparencia, la ética, la calificación técnica y vocación de servicio de los funcionarios públicos, así como en el respeto por la democracia y por los controles propios del sistema republicano de gobierno, en un entorno federal cooperativo. 

El Poder Judicial para su optimización requiere necesariamente desarrollarse en un clima de calidad institucional que le permita cumplir su rol de tutelar la propiedad y la libertad de las personas y de control de los poderes políticos del estado. 

En este sentido, la calidad de la resolución de controversias interpersonales como la apropiada represión de los desvíos de conducta privados o públicos tan esenciales en la convivencia social, sólo podrá optimizarse en el marco de un funcionamiento institucional enmarcado en el concepto de “calidad institucional” cuyo primer requisito inexcusable el debido cumplimiento de la Constitución provincial seguido de la autarquía económica y el compromiso institucional de los integrantes del Poder Judicial. 

III. Breve decálogo de los desafíos del Poder Judicial [arriba] 

En el contexto indicado el Poder Judicial enfrenta diversos desafíos que necesita superar a fin de lograr una calidad institucional acorde con las necesidades del moderno desarrollo cultural de nuestra sociedad.

El primer desafío es lograr una verdadera autarquía financiera que en nuestra provincia no se respeta conforme lo ha reconocido en la SCBA con conjueces en causa I. 1559, “Asociación Judicial Bonaerense contra Provincia de Buenos Aires. Inconstitucionalidad decretos 3073/1991, 3640/1991 y 3641/1991 y leyes 11.195 y 11.196”. Es imprescindible discutir y formalizar de manera que no permita la injerencia o la retracción de los poderes políticos una participación automática porcentual en el presupuesto de las provincias de los recursos necesarios para el funcionamiento del Poder Judicial. Ello así, dado que no puede depender de la voluntad política de los otros poderes del estado la asignación de los recursos necesarios para el buen funcionamiento del Poder Judicial. Es claro que este no permite cortar cintas, sonreír en actos públicos y/o generar “hechos políticos” que permitan publicidad en la búsqueda de votos. Para peor una de las tareas del Poder Judicial es controlar y sancionar los desvíos de conducta de los funcionarios, lo que genera en estos la necesidad de mantener mecanismos de disciplina de magistrados y funcionarios judiciales. En este contexto es de destacar los precedentes de la Provincia de Chubut(7) donde la Asociación de Magistrados promovió una acción de este tipo obteniendo un resultado favorable -más allá de las contingencias posteriores que se proyectan a la actualidad- similar al obtenido con posterioridad en la provincia de Chaco(8). 

Ahora bien, no estoy planteando avanzar con planteos similares a los que finalmente prosperaron en ambas provincias dónde se sostuvo que no es justo ni equitativo que un juez local respecto a un juez de una jurisdicción federal tenga diferencias tan sustanciales en sus remuneraciones, porque un juez es un juez en cualquier punto del país, por lo que todos deben estar remunerados de la misma manera, y eso hace a la garantía funcional de independencia que es la intangibilidad(9) sino a sostener la debida participación en el presupuesto provincial conforme los recursos de cada provincia.

El segundo desafío, vinculado con el primero, es una adecuada administración de esos recursos lo que requiere estrategias serias de diseño estructural con una razonable estructura administrativo-burocrática.

El tercer desafío es claramente la independencia de los magistrados de las decisiones del mundo político. No es que cada uno de nosotros no tengamos nuestras ideas en tal sentido, y por tanto nuestra concepción del mundo, pero es claro que en nuestro “rol” -mandatarios de la sociedad para resolver sus controversias y controlar los poderes políticos del estado- nos obliga a interpretar los requerimientos sociales reales en detrimentos de los nuestros. En este contexto, nuestro rol es el control social del diseño de las políticas públicas pero no somos parte de las mismas ni nuestra visión de las mismas se antepone al resultado de los procedimientos de sanción de las normas. Es claro que ello no implica que no debamos ejercer con estrictez el debido control constitucional de las mismas, pero el mismo debe ser efectuado estrictamente en el marco del límite -no siempre claro- de nuestras atribuciones.

En este contexto, aunque no corresponda a nuestras atribuciones pero que nos cabe afrontar a fin de mejorar la calidad institucional, la mejora en la calidad de la selección de magistrados en búsqueda de lograr un marco de independencia institucional constituye también un desafío en el que debemos participar a fin de salvaguardar la calidad institucional y la independencia del poder judicial.

De igual modo, en el marco de este desafío la independencia de los intereses de los profesionales que ejercen la abogacía, disfrazados muchas veces de aparentes reivindicaciones de sus representados, también es un desafío que debemos afrontar y enfrentar.

Finalmente, sin que se agoten con esto los desafíos o problemas a enfrentar, nos enfrentados a cambios estructurales de la economía y la sociedad que nos obliga a replantear históricos paradigmas. Ello sin que esta circunstancia implique pérdida de protección al trabajador pero dentro de un marco que asegure en el marco constitucional la adecuación de las políticas públicas a las nuevas necesidades de la sociedad. En ese camino se requiere inteligencia perceptiva y no cerrazón intelectual que derive en un comportamiento obtuso y disfuncional del poder al que pertenecemos. Esto nos lleva a replantear si necesariamente el no reconocimiento de los tribunales superiores de criterios sostenidos por gran parte del fuero -vgr. LRT- son producto de una “conspiración externa” o de un análisis sostenido en paradigmas no “convalidables” por otras “comunidades científicas” en nuestro caso los tribunales superiores de provincia y la Corte Federal.

IV. Conclusiones [arriba] 

Los desafíos están allí algunos presentes de hace años y otros cada vez más cerca. Nuestro desafío es tener la apertura conceptual para verificar las necesidades de cambios o convalidaciones de criterios y paradigmas.

Finalmente, me parece necesario afirmar que muchos de los pasajes del trabajo no son un simple reclamo sectorial. Es mucho más. Es la necesidad de garantizar una adecuada calidad institucional que permita una también una eficiente resolución de los conflictos sociales con la debida garantía del patrimonio, la libertad de las personas y el debido control -en representación de cada ciudadano- de los poderes políticos del estado.

 

 

Notas [arriba] 

1. Que en general se circunscribe a la mediación previa sobre la que se insiste de manera sistemática sin el análisis de otros medios alternativos de resolución de controversias u otras formas de implementar el “acuerdo de partes” que propicia la mediación.Ç
2. Bergson, La Penseé et le Mouvant , París, 1934, p 231 citado por Bachelard, Gastón, La Formación del Espíritu Científico ( Contribución a un Psicoanálisis del Conocimiento Objetivo ), Siglo XXI Editores, Buenos Aires, 1999, pág. 17.
3. SCBA LP Rl 120954 I 14/06/2017 Valor, Hugo Clemente contra Swiss Medical A.R.T. S.A. Enfermedad Profesional. SCBA LP Rl 120572 I 02/03/2017 Pinto, Ángel Félix contra Micro ómnibus Norte S.A. y otro/a. Enfermedad Profesional. SCBA LP Rl 120614 I 08/02/2017 Ramos, Marcelo Raúl contra Galeno A.R.T. S.A. Enfermedad Profesional. SCBA LP Rl 120471 I 21/12/2016 Fruto, Marcelina contra Bergese, María Celia. Despido. SCBA LP Rl 120334 I 09/11/2016 Yapura, Fabio Eduardo contra Prevención A.R.T. S.A. Accidente de Trabajo - Acción Especial. SCBA LP Rl 120232 I 28/09/2016 Asociación del Personal Profesional Judicial contra Poder judicial administración de justicia. Materia a categorizar. SCBA LP Rl 120067 I 17/08/2016 González, Carlos Marcelo contra Liderar A.R.T. S.A. Enfermedad Profesional. SCBA LP Rl 120069 I 17/08/2016 Portillo, Antonio contra Provincia A.R.T. S.A. Enfermedad Profesional. SCBA LP Rl 120071 I 17/08/2016 Zagal, Héctor David contra Galeno A.R.T. S.A. Enfermedad Profesional. SCBA LP Rl 120073 I 17/08/2016 Melo, María Elisa contra Galeno A.R.T. S.A. Enfermedad Profesional.
4. Jorge O. Bercholc, Diego J. Bercholc El concepto de calidad institucional en los discursos presidenciales en la Argentina faa.e du. br/r evist as/doc s/RID/20 13/ RID_201 3_13.pdf
5. García Hamilton, José Ignacio Calidad institucional en la Argentina www.hace r .org/pdf /GarciaH amilt on01.pdf
6. Vargas Hernández, José Gpe. Desarrollo Institucional, Crecimiento Y Desarrollo Económico Social Ponencia En El Segundo Encuentro Internacional Sobre Desarrollo Local En El Mundo Global realizado del 4 al 22 de diciembre de 2006 EN EL Instituto Tecnológico de Cd. Guzmán, México.
7. Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales del Chubut c/Provincia del Chubut s/Acción De Amparo” (Noviembre de 2009).
8. Tribunal: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco F. de V. N. M. O. y otros s/ acción de amparo S 10/11/2015.
9. Tribunal: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco F. de V. N. M. O. y otros s/ acción de amparo S 10/11/2015.