JURÍDICO ARGENTINA
Doctrina
Título:La necesidad de un “Fuero de las relaciones de consumo” en la CABA
Autor:Arce, Hernán
País:
Argentina
Publicación:Diario DPI - Derecho Privado - Consumidor
Fecha:25-10-2016 Cita:IJ-DXLVI-791
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La necesidad de un “Fuero de las relaciones de consumo” en la CABA

Hernán Arce*

A 20 años de la autonomía porteña, aún quedan deudas pendientes. Una de las más destacadas y urgentes es, tal como lo dice el artículo 129 de la Constitución Nacional, concretar la plena facultad de jurisdicción que posee el gobierno dela Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En estos momentos, en el Senado de la Nación, se está discutiendo un proyecto para modificar la ley 24.588 (la llamada Ley Cafiero) y así concretar la transferencia progresiva, en un plazo de siete años, de la Justicia Nacional a la Ciudad mediante la celebración de convenios interjurisdiccionales.

Intentando dar cumplimiento al mandato constitucional sobre la creación de una jurisdicción propia de las relaciones de consumo, en el año 2014 el Congreso Nacional sancionó la Ley Nº 26.993 “Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de Consumo”. Con ella también se creó el Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo –COPREC-, como instancia administrativa de resolución de conflictos.

Luego de la mencionada norma, el Ministerio Público Fiscal de la CABA consideró que era contraria a la autonomía porteña y a lo establecido en la Constitución Nacional en su artículo 129. Por ello impulsó una presentación judicial que impugnaba la constitucionalidad de la norma y, conjuntamente, solicitaba el dictado de una medida cautelar que suspendiera en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la vigencia de la ley. La medida cautelar fue otorgada por la Cámara Contencioso Administrativo Federal – Sala II Nº 75667/2014 Incidente Nº 1, por el período de seis meses.

Coincidiendo en que es el Gobierno de la Ciudad quien tiene plena facultad de jurisdicción y que, por lo tanto, debiera ser la Legislatura Porteña quien dicte la ley correspondiente para crear el Fuero de las Relaciones de Consumo es que presenté, con el número de EXP 1533 -D- 2016, el proyecto de ley para crear el Fuero de las Relaciones de Consumo de la Ciudad Autónoma.

Crear un Fuero de las Relaciones de Consumo significaría aggiornar el rol de la justicia de acuerdo a los notorios cambios sociales, políticos y económicos que fueron operando en los últimos tiempos, pero principalmente sobre los cambios que existen en las relaciones de consumo en nuestra sociedad.

La necesidad de procedimientos eficaces para la prevención y resolución de conflictos en las relaciones de consumo es un mandato de la Constitución Nacional, tal como lo establece en su artículo 42 párrafo 3º: “La legislación establecerá procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos…” y también lo encontramos en la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y en las Directrices de Naciones Unidas de Protección al Consumidor.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en su fallo sobre el aumento en el Servicio Público del Gas: 8/8/2016 “Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad y otros c/ Ministerio de Energía y Minería s/ Amparo Colectivo, FAL FLP 8399/2016”, fue muy clara en el considerando Nº 17 al referirse a los derechos que el Constituyente consagró en los artículos 42 y 43 de la Ley Suprema: “… la consagración de un derecho a una jurisdicción propia a favor de consumidores y usuarios, con el reconocimiento de actores procesales atípicos en defensa de sus derechos como son el Defensor del Pueblo y las organizaciones no gubernamentales de usuarios y consumidores…”

Hoy en día, la Justicia Ordinaria Nacional, debido al cúmulo de causas y en virtud de sus posturas tradicionalistas o conservadoras de las que muchas veces adolece, no brinda las respuestas adecuadas a las expectativas de los consumidores. Una jurisdicción especializada permitirá dar respuestas a los desequilibrios que existen entre los proveedores y consumidores, pero principalmente garantizará que prevalezcan los principios esenciales de los Derechos de los Consumidores y Usuarios.

Entonces, teniendo claro los motivos por los cuales se debe avanzar en un Fuero de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires especializado en las Relaciones de Consumo, queda por definir las características que debería poseer esta nueva justicia en favor de los consumidores y usuarios.

En primer lugar, resulta fundamental crear una justicia de las relaciones de consumo que sea efectivamente gratuita y que esté conformada por jueces, fiscales y defensores comprometidos y consustanciados con los principios, las normas y la filosofía del Derecho de los Consumidores. Todos ellos, designados por los mecanismos constitucionales correspondientes.

Para que este nuevo fuero sea pleno garante de esos derechos, debe tener un funcionamiento construido en base a los principios de celeridad e inmediatez procesal. Deberá tener expedientes digitales, procedimientos rápidos, accesibles y orales para evitar dilaciones procesales y favorecer que estos se resuelvan en una única audiencia, con inclusión de la producción probatoria y plazos máximos obligatorios de resolución.

Además, debe ser un fuero que entienda en todos los conflictos relativos a las relaciones de consumo, sin limitaciones en razón de montos o tipos de vínculos entre consumidores y proveedores, e intervenga también en los litigios individuales y en las acciones colectivas, garantizando la legitimidad de las asociaciones de consumidores, las autoridades públicas, la Defensoría del Pueblo y el Ministerio Público como defensores de los derechos de incidencia colectiva de los consumidores y usuarios.

Por último, para el acceso al Fuero debe ser obligatorio agotar la instancia administrativa previa y concurrir con patrocinio jurídico, garantizando que los consumidores y usuarios puedan acceder a la defensa pública de forma gratuita.

Creo que estamos en un momento oportuno para que el Estado de la Ciudad de Buenos Aires inicie un debate serio al respecto, junto a todos los sectores involucrados, con el objetivo de sancionar una Ley que sea de vanguardia para nuestro país y signifique garantizar los derechos que todos tenemos como consumidores y usuarios.

 

 

* Abogado (UBA). Diputado de la Ciudad Autónoma de Bs. As. Presidente de la Comisión de Defensa de Consumidores y Usuarios.



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