La minería del futuro
¿Un futuro incierto?
Abigail Natalia Villarruel
Lo que sabemos es una gota de agua;
lo que ignoramos es el océano.
Isaac Newton
Introducción y presentación de la situación de la problemática actual [arriba]
A los efectos de describir la situación problemática actual, sobre estudio de los impactos ambientales que se originan debido al extractivismo en la faz operativa de la minería submarina, es un terreno aún no muy conocido o divulgado por la ciencia. El objeto de este artículo luego de investigar sobre la contaminación que genere la actividad, es presentar y describir los impactos socioeconómicos que puedan producirse sobre las poblaciones humanas y los impactos ambientales sobre la biodiversidad del ecosistema submarino.
La contaminación de los ecosistemas marinos y del aire debido a las sustancias peligrosas que genera la actividad minera submarina, es una problemática que afecta gravemente a las poblaciones que residen alrededor de las áreas de explotación, repercutiendo en la economía y conllevando efectos sociales.
El primer proyecto de minería submarina a nivel mundial, se halla localizado en la zona geográfica de alta mar de las aguas de Bismarck, en Papúa Nueva Guinea, a unos treinta kilómetros de la Provincia de Nueva Irlanda, (la segunda isla más grande del mundo). El Proyecto se denomina Solwara 1, y es promovido por la empresa canadiense denominada Nautilus Minerals Inc. que tiene la licencia para la exploración y la explotación de yacimiento de sulfuros polimetálicos, principalmente de oro y de cobre, los cuales tienen sus criaderos a 1.600 metros de profundidad. El Gobierno de este Estado ha concedido los permisos para la exploración y las tareas de explotación (EcoAvant 2017).
El proyecto descrito no es el primer intento de obtener recursos minerales de los fondos marinos, sin embargo, es el primero de gran profundidad y a gran escala. Actualmente, existen explotaciones de petróleo y de gas en aguas costeras que son poco profundas de numerosas regiones del planeta, y también se realiza la extracción de diamantes en aguas de Namibia.
Otro caso de relevancia de minería submarina se halla localizado en las costas de la Baja California mexicana, donde la empresa estadounidense Odyssey Marine Explorations pretende dragar más de 91.000 hectáreas de fondo marino en el Golfo de Ulloa para extraer 350 millones de toneladas de fosfato ante la preocupación extrema de los sectores turístico y pesquero. (Observatorio de Conflictos Mineros de América Latina 2019)[1].
Previo a la concesión de este proyecto de gran envergadura, a los fines de obtener los permisos mineros, el Gobierno de Papúa Guinea solicitaba un pago de un derecho de 113 millones de dólares (unos 100 millones de euros) como participación en un 15% del capital. La Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (ISA, por sus siglas en inglés) no se ha opuesto a la extracción, por ello, desde diferentes organismos no gubernamentales, asociaciones ambientales sin fines de lucro, han comenzado a solicitar firmas y apoyo para la protección de los ecosistemas submarinos, que ya se hallan amenazados por la sobrepesca, residuos plásticos, residuos de hidrocarburos provenientes de derrames de grandes buques, y por el recalentamiento global mismo (The Ocean Foundation, Deep Sea Mining, 2019).
La campaña Deep Sea Mining promovida por The Ocean Foundation, afirma que:
“Uno de los mayores problemas de la minería en aguas profundas es que se sabe muy poco acerca de sus posibles consecuencias sobre el medio ambiente. Los científicos no son capaces de extrapolar qué clase de poblaciones se verían afectadas por la minería extensiva debido a que las profundidades del mar están todavía en gran parte sin explorar, y la biodiversidad en las zonas potencialmente mineras es increíblemente amplia” (Op. Cit).
Hay un indiscutible incremento de demanda a nivel global del uso industrial de metales como el cobre, el manganeso o el cobalto desde sectores como los de la electrónica para la construcción de aparatos y dispositivos como celulares, tablets, o para las industrias como la construcción, medicina, y otras actividades industriales; existe un agotamiento creciente de las reservas terrestres, lo cual conlleva a las empresas a interesarse por las grandes riquezas en minerales que se hallan extendidas a lo largo del fondo del lecho submarino.
En cuanto al conflicto que se genera a nivel jurídico, debido al proyecto minero oceánico Solwara 1 en Papúa Nueva Guinea, si bien los Estados conservan su soberanía sobre los fondos marinos costeros, la compañía Nautilus negocia directamente con el Gobierno la extracción en mar territorial, debido a que los barcos deben redirigirse a los puertos que se hallan vinculados a Nueva Guinea. En la zona geográfica de influencia afectada, viven pobladores indígenas que no están siendo considerados para la consulta previa e informada que se debe realizar de manera obligatoria, que si bien no es vinculante, determina la libre manifestación del consentimiento y la voluntad para la explotación, lo cual reafirma un derecho establecido en las convenciones de derechos humanos, particularmente del Convenio de la OIT 169[1].
En este artículo se comentarán con especificidad sobre los impactos de la actividad antrópica extractivista de minería submarina que se desarrollan en el área del proyecto Solwara 1, Papúa Nueva Guinea, que se comprenden en la etapa operativa de la actividad, siendo comparado analógicamente con otros proyectos mineros terrestres de gran envergadura.
Esta contaminación por operaciones mineras submarinas implica una serie de impactos específicos que enunciaremos y que se desagregarán en los siguientes puntos y que serán abordados durante el desarrollo del trabajo:
- Emisiones gaseosas a la atmósfera de buques operativos que transportan la maquinaria para la actividad extractiva (de tipo cualitativo).
- Vertidos de efluentes y sustancias tóxicas sobre cauces de aguas superficiales marinas y submarinas (de tipo cualitativo).
- Ruidos molestos por operaciones de los buques en el entorno portuario y en zonas de influencia marítimas.
- Daños y perjuicios significativos o relevantes a los ecosistemas submarinos naturales; las consecuencias directamente asociadas a estos factores contaminantes consisten en una grave afectación a la fauna y flora subacuática marina, conllevando a riesgos de extinción, la muerte y a las migraciones de especies hacia otros lugares. Afectación a la cadena trófica submarina.
- Impactos sobre el lecho béntico y dorsales submarinas, (efectos aún desconocidos que están siendo investigados por científicos); posibles movimientos sísmicos que pueden derivar en desplazamientos y otros problemas geológicos sobre las plataformas y los lechos continentales.
- Efectos socioeconómicos que afectan a la población del área de influencia del proyecto minero.
A los fines de situarnos en el marco teórico del tema del presente trabajo, se desarrollará un concepto de la autoría a los fines de establecer los diferentes temas que involucra la actividad investigada.
Se comprende por contaminación por operaciones de minería submarina a todo efecto o impacto negativo relevante que produce la actividad sobre el ambiente marino, submarino o costero; la emisión y/o vertido de sustancias nocivas, residuos tóxicos y/o peligrosos, que provienen de las instalaciones, actividades de servicios y procesos industriales llevados a cabo sobre buques y maquinaria de la actividad extractivista, los cuales arrojan vertidos al medio natural, (ya sea en el área costera portuaria, en aguas jurisdiccionales marinas, ribereñas o en ultramar); comprendiendo todas las sustancias enumeradas y especificadas en los reglamentos y normativa específica.
La contaminación marina por minería submarina además de las sustancias químicas que puedan introducirse en el ecosistema submarino, incluye todos aquellos restos y sedimentos de rocas del fondo marino que son desprendidos en las operaciones de la actividad extractivista.
Asimismo, la contaminación puede tratarse del desecho de útiles, elementos, herramientas y objetos que sean parte de la misma operación; y se introduzcan dentro del mar ya sea de forma accidental o deliberada. (por ejemplo: restos de envases plásticos, botellas de vidrio, etc.).
Impactos ambientales de la minería submarina [arriba]
A continuación, se describirán los impactos ambientales de las operaciones mineras submarinas especificando los diferentes efectos que pueden producirse específicamente durante la faz operativa.
El primer impacto hace referencia a la contaminación atmosférica, emisión de gases contaminantes a la atmósfera por el uso de embarcaciones de alto calado. Los barcos utilizan fuel oil, cuando salen o ingresan a puerto, sin embargo, consumen búnker fuel (un fuel oil pesado), que es bastante más económico para la navegación de ultramar, el búnker fuel contiene azufre, metales pesados y otras sustancias nocivas para la salud de los seres vivos. Las emisiones de óxidos de azufre, óxidos de nitrógeno son muy elevadas, la emisión del humo de escape es cancerígeno. El conflicto reside en que en este proyecto se conjugan tanto los gases que emiten las embarcaciones para su operativa como también aquellos que emiten por las tareas operacionales, realizando una descarga más contaminante y con efectos más nocivos.
Algunas legislaciones en otros países, normativizan o regulan sobre la prohibición de la no utilización de bunker oil, debiendo guardar una distancia mínima desde la costa y tienen que hacerlo con fuel oil. Sin embargo, esto no resuelve el problema, debido a que, en alta mar, pueden proceder a la quema del combustible, lo cual genera el fenómeno conocido como “lluvias ácidas” que van a caer sobre la tierra o el mar, lo cual afecta enormemente al ecosistema marino completo.
Actualmente en Argentina, existe normativa de prefectura naval que rige sobre la materia de embarcaciones que transportan gases como gas licuado, en la Resolución 328 (IX) Código para la construcción y el equipo de buques que transportan gases licuados a granel y la resolución SE 338/12 sobre buques metaneros. Asimismo existe la Resolución 719/17 para la prevención de la contaminación del aire por buques (A.0719/17).
En segundo lugar, se debe analizar la contaminación hídrica por sustancias derivadas de residuos y sedimentos de operaciones de minería submarina (no derivados de hidrocarburos). En base a este impacto, se deben analizar cuáles son los recursos minerales submarinos y su calidad y utilidad con respecto a la minería submarina. De entre todos los recursos minerales submarinos los más importantes, debido a su potencial económico e industrial, son los yacimientos de minerales polimetálicos: nódulos de manganeso, costras de ferromanganeso con alto contenido en cobalto y sulfuros polimetálicos submarinos. Estos depósitos se distribuyen a lo largo de todos los fondos oceánicos. El proyecto Solwara específicamente extraerá oro, cobre, plata y zinc.
En el informe de impacto del mismo se especifica que los ecosistemas marinos perjudicados en la zona béntica, son el hábitat de una rareza de especies y que se presentan graves riesgos para los recursos y para la región- Asimismo, en el Informe de Impacto del Proyecto, se describen las técnicas de extracción. Las principales técnicas de adquisición de datos están representadas por tecnología de sonar multihaz, técnicas geofísicas de reflexión, dragado mecánico de muestras del fondo además de las observaciones directas del fondo marino debido a la utilización de vehículos no tripulados (ROV) robots que permiten la toma de fotografías y grabaciones de vídeo además de la toma de diferentes tipos de muestras y parámetros físico-químicos in situ (Solwara Mining Project 2019).
Asimismo, es relevante estudiar la afectación de los Ecosistemas submarinos, el hábitat de las especies que viven en el medio analizado. En la zona de la explotación del proyecto, actualmente hay corales y viven varias especies de cetáceos. La zona elegida para ejecutar Solwara 1 en las fosas abisales se encuentran vastas comunidades coralinas y es el hábitat de especies de cetáceos como el cachalote. El oceanógrafo Craig Smith de la Universidad de Hawai con respecto al área de influencia, afirma que se podría generar la mayor huella ecológica de cualquier actividad humana en el planeta.
La investigación demostró que los campos de los nódulos polimetálicos son puntos de abundante biodiversidad marina y que la fauna abisal presenta una gran vulnerabilidad ante las operaciones mineras. También describe y afirma que la minería submarina, es un campo nuevo, y que las consecuencias de la minería a gran escala sobre los ecosistemas, aún son desconocidas. Los científicos, aseveran que la remoción de partes del suelo submarino, resultará en disturbios para la capa béntica, incrementando la toxicidad de las columnas de agua y la sedimentación por el uso de las plumas y maquinaria afectará la navegación de las especies así como los disturbios pueden ocasionar que los organismos bénticos, tengan a largo plazo efectos desconocidos (Op. Cit.).
Entre los impactos de la minería submarina, las plumas emiten sedimentos que son devueltas desde la superficie al fondo del mar, creando grandes nubes de partículas que flotarán en un efecto browniano de suspensión sobre el agua. Existen dos tipos de efectos, cuando la maquinaria está trabajando en la superficie y cuando está cerca del fondo marino. Cerca del fondo, las partículas tienen un efecto devolutivo, ya que regresan al sitio donde se extrajo el material, sin embargo, las partículas que flotan incrementan la nube del agua, mezclando las partículas de dichos sedimentos con el alimento del cual reciben la nutrición los organismos bénticos. Esto podría provocar la interrupción en la cadena alimentaria, causando enfermedades y graves problemas en los organismos, incluso la muerte de algunos. Dependiendo de los tamaños de las partículas, y las corrientes del agua, los sedimentos desprendidos podrían movilizarse y viajar afectando diferentes áreas. Estas partículas sedimentosas podrían irrumpir con la alimentación, con el zooplancton y la penetración de la luz, afectando toda la cadena alimentaria de la zona afectada (Nautilus, Informe de Impacto Ambiental 2019).
Las operaciones en la fase exploratoria
En la faz exploratoria, los avances tecnológicos produjeron que se operen vehículos remotos, robots denominados (ROVs) a los fines de recolectar muestras del mineral desde los sitios de la prospección, utilizando taladros y otros elementos cortantes, éstos obtienen las muestras para analizar. Una vez que un sitio con los minerales adecuados es localizado, redirigen un barco minero o de estación minera a trabajar en el área.
Existen dos formas predominantes de la extracción del mineral considerado para operaciones de gran escala: línea continua de ramo (continuous-line bucket system) (CLB) and the sistema hidráulico de succión, (hydraulic suction system). El primer sistema CLB, es el método preferido de la recolección de los nódulos. Este opera como un cinturón que corre desde el suelo béntico hasta la superficie del océano donde un barco o plataforma minera extrae el mineral y regresa los sedimentos sobrantes al agua (Nautilus Org. 2019).
La succión hidráulica introduce un tubo al fondo dorsal que transfiere los nódulos hacia arriba del barco minero. Otro tubo desde el barco hacia el suelo regresa los materiales sedimentados.
El Servicio de Cartografía Geológica Marina del IGME trabaja desde 1992 en investigaciones en la Antártida (Península Antártica, Mar de Weddell y Mar de Scotia). Asimismo, investiga en el Golfo de Cádiz, margen marroquí, mar de Alborán, Islas Canarias, Mar Céltico, Galicia y el Golfo de Vizcaya. El Grupo de Geología Marina ha participado en el programa EUROMARGINS de la Fundación Europea de la Ciencia (ESF). Entre los objetivos de investigación científica se encuentran la cartografía geológica de los fondos marinos incluyendo los impactos sobre la plataforma continental, recursos minerales y energéticos marinos, emisiones frías y ambientes hidrotermales en aguas profundas, desde la plataforma hasta las llanuras abisales (Manzanares, Antonio et al)[2].
En cuanto a los minerales que son extraídos en esta Campaña específicamente, se refieren a las costras de ferromanganeso, nódulos de manganeso y minerales hidrotermales. A continuación, se describirán los mismos en base a artículos de investigación.
Las costras de ferromanganeso con alto contenido en cobalto son depósitos polimetálicos de óxidos de hierro-manganeso, tienen hasta veintiséis centímetros de espesor, que se forman en los montes submarinos, volcanes, crestas, guyots y mesetas submarinas de todos los océanos y a profundidades comprendidas entre 400 y 7000 metros. En general las costras con mayores espesores, riqueza mineral y por lo tanto con mayor interés económico, suelen encontrarse entre 800 y 2500 metros[3] (González F.J. et al).
Conforme a los autores previamente citados, las costras de ferromanganeso se forman de manera parecida a los nódulos de manganeso. Los óxidos e hidróxidos de hierro y manganeso precipitan formando capas subparalelas con morfología laminar a botrioidal (Op. Cit.).
Las costras están formadas por diversas fases de óxidos de manganeso (esencialmente vernadita, todorokita, birnessita) e hidróxidos de hierro del grupo de la goethita, junto con minerales accesorios como son los minerales detríticos cuarzo o vidrio volcánico amorfo, feldespatos, calcita y fosfatos, además de restos biológicos procedentes de foraminíferos y cocolitos. La concentración de elementos metálicos varía entre un 15-31 % de manganeso, 7-18 % de hierro y ratios de manganeso/hierro que oscilan entre 1 y 3.4, para muestras obtenidas en el Océano Pacífico, mientras en el Océano Atlántico se han encontrado muestras más ricas en hierro (14-28 %) que en manganeso (8-20 %). (Op. Cit.)
A nivel global, estas costras tienen una cantidad de cobalto mayor respecto a los nódulos de manganeso. Se han hallado muestras con un enriquecimiento de hasta un 2% de cobalto y la media en general es de 0.8 % en costras tomadas de montes submarinos, a profundidades inferiores a 1500 m. Estos depósitos de minerales también contienen grandes cantidades de otros metales, como níquel, vanadio, plomo, molibdeno, telurio y tierras raras como cerio, y platino.
El ferromanganeso se aplica en la fundición del acero, es desulfurante y desoxidante. Aporta laminación en caliente y facilita el temple, la resistencia y firmeza del material. Se estudió el uso del ferromanganeso, para distintas aplicaciones pero no se utiliza nunca en forma pura, sino que se utiliza principalmente en aleaciones (Mandell C.L. 1980)[4].
El informe del proyecto describe que los nódulos de manganeso son concreciones minerales con formas subesféricas o elipsoidales que pueden medir en media entre 1 y 20 cm de diámetro y están constituidos básicamente por óxidos de manganeso y hierro. Su génesis se produce por una combinación de procesos hidrogenéticos y diagenéticos de precipitación mineral alrededor de un núcleo duro. Estos depósitos se forman fundamentalmente en las llanuras abisales a profundidades superiores a 3000 m y por lo general poseen una tasa de crecimiento medio inferior a 20 mm/Ma (Solwara mining project 2O19).
La base de la formación de los nódulos corresponde a la erosión de los continentes. A través de los efectos del clima, los vientos y de la temperatura, la actuación de cada uno de estos factores provoca que se movilicen y circulen las partículas tanto sobre la superficie del agua como por debajo de ella.
Sin embargo, también hay aportes de elementos disueltos procedentes de fuentes hidrotermales; estas fuentes se originan por la salida de fluidos calientes en las dorsales oceánicas, en las zonas de subducción y cuencas tras-arco y en zonas de volcanismo intraplaca tipo “hot spots”, donde la presencia de zonas anormalmente calientes del manto terrestre, puede facilitar la subida de fluidos e incluso llegar a formar montes submarinos o islas volcánicas como es el caso de Hawái (EEUU) o las Islas Canarias (España). Finalmente, cuando las condiciones son adecuadas, precipitan óxidos de hierro-manganeso que se acumulan en forma de nódulos por la acreción de capas concéntricas alrededor de un núcleo formado generalmente por fragmentos de roca o de antiguos nódulos. La formación y el lento crecimiento de estos depósitos, permite la acumulación de una gran cantidad de otros metales valiosos en la estructura misma de los óxidos (Solwara mining project 2O19).
Los nódulos de manganeso se consideran una fuente económica de recursos minerales muy importante, estos minerales se hallan en abundancia en zonas relativamente localizadas (ej., Zona Clarion-Clipperton y Cuenca del Perú). Los metales que se pueden encontrar en los nódulos son hierro y manganeso principalmente y como subproducto de alto valor económico se halla: níquel, cobre y cobalto, así como cantidades variables de otros elementos trazas y tierras raras.
La cantidad y la distribución de estos elementos varía considerablemente dentro de un mismo nódulo, así como entre nódulos de diferentes tamaños, regiones y cuencas oceánicas (Revista Marina, Chile 2018).
Las principales aplicaciones de este mineral se destacan en la industria de los aceros inoxidables, en baterías secas, en decoloración de los vidrios, se utiliza como prevención y tratamiento de los aceros, en fabricación de hélices de aviones y de embarcaciones, asimismo, tiene usos en la medicina, en la obtención de sales de manganeso (EcuRed)[5].
Durante la campaña ANASTASYA 1999 se han tomado fotografías de un campo de nódulos de manganeso acompañados de carbonatos derivados de metano, y distribuidos de forma heterogénea sobre el fondo marino del Golfo de Cádiz; asimismo se han tomado fotografías de un conjunto de nódulos de ferromanganeso con formas elipsoidales a tabulares dragados en estructuras de emisión de fluidos a 1000 m de profundidad, y de secciones de nódulos de manganeso con una morfología tabular y esférica, respectivamente. Se puede apreciar con claridad las diferentes capas de óxidos de hierro y manganeso (González et al. 2012).
En cuanto a los minerales hidrotermales, la evidencia de depósitos se observó por primera vez en 1948 durante la expedición oceanográfica sueca Albatross en el mar Rojo. Esto fue seguido por los descubrimientos de lodos metalíferos y salmueras en 1963-1966 en el sistema de grieta en el mar Rojo. Estos lodos metalíferos contenían grandes cantidades de cobre, zinc, plomo, hierro, plata y oro. Estos descubrimientos llevaron a otras búsquedas similares para los mismos en otras partes de los océanos del mundo que como resultado arrojo el descubrimiento de varios sitios hidrotermales a lo largo del Pacífico oriental, en la cresta de los Galápagos, el Juan de Fuca y Cantos Gorda en los años 70. En la grieta de los Galápagos se encontró que este contenía montículos inactivos que contienen alto grado de metales, algunos de ellos de hasta 35 m de altura comparado con la de una chimenea. Instrumentos sofisticados como los sumergibles han dado lugar a varios otros descubrimientos desde el descubrimiento de la grieta de los Galápagos en 1981 (ISA, Deep sea mineral resources 2014).
En las zonas de chimeneas hidrotermales, la circulación de fluidos (principalmente agua marina que penetra en el fondo oceánico a través de las rocas) impulsados por flujos convectivos asociados a la actividad hidrotermal es el principal proceso de formación mineral en estos depósitos. Los fluidos hidrotermales lixivian y transportan metales, así como otros elementos a través de las rocas hasta la superficie del fondo marino. Una vez en contacto con el agua fría del océano los diferentes minerales presentes en los fluidos precipitan en zonas con determinadas condiciones físico-químicas formando depósitos con cantidades variables de minerales (ej. pirrotina, pirita, esfalerita, calcopirita y bornita). Algunos de estos yacimientos pueden contener cantidades significativas de galena y oro nativo (Op. Cit.)
En este trabajo de investigación, no se pueden dejar de analizar los impactos sobre el lecho submarino y la plataforma continental. Si bien el proyecto está enfocado en el mar territorial, los trabajos que se desarrollan en la faz operativa, pueden concatenar una serie de impactos sobre la plataforma continental que aún están siendo objeto de estudio por parte de la comunidad científica[6]. Estos impactos podrían tratarse de desplazamientos de las plataformas submarinas continentales, movimientos sísmicos en determinados epicentros, quebramiento de corteza terrestre, afectamiento de sistemas marinos, pérdida de materia de sustento rocoso de las dorsales oceánicas.
Asimismo, es necesario describir también las consecuencias e impactos socioeconómicos sobre los habitantes de Nueva Guinea de la zona de influencia del proyecto. Los nativos integran una comunidad originaria que vive fundamentalmente de la pesca y de la agricultura. Principalmente su alimentación consiste en la pesca de tiburones y de otros peces.
La anemia por deficiencia de hierro está muy difundida en Papúa Nueva Guinea, aunque no se haya realizado a la fecha un estudio nacional representativo. Se considera que son especialmente vulnerables las mujeres en edad fértil y los niños pequeños. Un estudio realizado en 1998 detectó una elevada prevalencia de anemia en los niños menores de 5 años. La prevalencia mayor se observó en la provincia de Sepik, donde casi todos los niños menores de 5 años presentaron anemia (Friesen et al., 1998a).
Aunque no existen datos nacionales representativos, los resultados de estudios a pequeña escala indican que existe un problema de deficiencia clínica de vitamina A en algunas provincias. La prevalencia de ceguera nocturna y xeroftalmia en Madang es un problema de salud pública (Friesen et al., 1998). Los datos a nivel de provincia indican que los trastornos por deficiencia de yodo constituyen un problema de salud pública en Papúa Nueva Guinea. En 1997, en un distrito de Morobe, los niños entre 8 y 10 años presentaron ligeros trastornos por deficiencia de yodo. Estudios anteriores detectaron una prevalencia mucho más elevada en varias provincias y una gran diferencia entre los sexos en la prevalencia de trastornos por falta de yodo, que indica que las mujeres, especialmente embarazadas y en lactancia, están mucho más expuestas a la deficiencia de yodo que los hombres (Amoa et al., 1997)[7].
Las personas de Papúa Nueva Guinea que han sido entrevistadas en base al Proyecto Solwara 1, en diferentes medios de prensa, han rechazado rotundamente la actividad extractivista, debido a que interpretan que esta actividad irrumpiría el equilibrio y la cadena natural del ecosistema de la zona, y sin tener conocimientos científicos, comprenden que, al alimentarse de la pesca de tiburones y otros peces, estos peces podrían sufrir la muerte y la migración hacia otros lugares lejanos a la costa.
La población de Papúa, es una población de bajos ingresos, este es uno de los países más pobres con el PBI más bajo del mundo, y esto establece una desigualdad evidente con la empresa que tiene la concesión o licencia para la explotación comercial de este emprendimiento minero, ya que Canadá es un país desarrollado, al igual que Inglaterra quién suministra o realiza los contratos de avío mineros con el equipamiento necesario para poder extraer los minerales, los robots y máquinas previamente mencionados en el trabajo.
Papúa Nueva Guinea cerró en el año 2018 con una población de 8.606.316 personas, lo que supone un incremento de 168.287 habitantes, 82.705 mujeres y 85.582 hombres, respecto a 2017, en el que la población fue de 8.438.029 personas (Datosmacro. Expansión 2018).
Asimismo un dato relevante, es que los habitantes de Nueva Guinea poseen la mayor diversidad genética en lenguaje, ya que gozan de más de 850 idiomas nacionales[8]. (RPP Ciencia Perú 2017) Asimismo, un autor que escribió sobre la población de Nueva Guinea, afirma que Papúa Nueva Guinea es un país de enorme interés para los antropólogos debido a tener una vasta historia de poblaciones preexistentes fuera de África (Moore 2003)[9].
En cuanto a las actividades mineras terrestres ya existentes, la explotación de los minerales es también una fuente de producción y de exportación importante:
“Mientras que más de dos tercios de la población vive de una agricultura de subsistencia, el 0,3% de la fuerza laboral que trabaja en las minas genera el 66% de las exportaciones. Las minas de Bougainville y de Ok Tedi —de donde también se extrae oro— son los yacimientos de cobre más grandes del mundo. La mina de oro de Porgera comenzó su producción en 1990 y será la mayor del mundo, fuera de Sudáfrica; y otra existente en la isla de Lihir puede ser aún mayor. Las minas son explotadas por transnacionales, algunas de origen australiano. También se han descubierto importantes reservas de petróleo, cuya explotación está sujeta a la construcción de un oleoducto de 175 millas de extensión, con un costo de 1000 millones de dólares” (Instituto del Tercer Mundo 2017).
Durante 1989 Papúa-Nueva Guinea incrementó sus lazos con el Sudeste Asiático firmando un tratado de amistad y cooperación con ASEAN y entablando negociaciones con Malasia. Asimismo, aprobó la instalación de una embajada soviética en Moresby. En el mes de diciembre firmó un acuerdo marítimo con la Federación de Estados de Micronesia, lo que le permitió beneficiarse con el acuerdo multilateral de pesca existente entre las naciones del Pacífico Sur y los Estados Unidos (Op. Cit.).
En base a las consultas previas realizadas a diferentes tribus aborígenes en el mundo en base a la realización de un proyecto mega-minero y de otras actividades de explotación industrial, la mayoría de los indígenas han rechazado los proyectos en defensa de los recursos naturales que son el medio de vida y de subsistencia para los pueblos. El Convenio 169 de la (OIT) Organización Internacional del Trabajo, obliga a que la consulta previa, libre e informada, debe llevarse a cabo en todo tipo de proyectos de gran envergadura, pero uno de ellos es la minería subterránea, con lo cual, no habría una excepción por tratarse del medio marino el explotado, sino a contrario sensu, un recurso natural que debe ser mayormente protegido, debido a que gran parte de la vida del planeta depende del Océano. Esta consulta debe ser realizada tanto en países que han ratificado el Convenio, como en aquellos que no lo han hecho.
Contemplando toda la situación descripta previamente, y analizando videos y material de prensa que se menciona en la bibliografía citada, se puede concluir que la comunidad aborigen de Papúa Guinea se halla dentro de las personas que están siendo vulneradas en sus derechos sociales, económicos, y ambientales, debido a que hay un rechazo a la minería submarina, por lo tanto, existe una actividad no consentida por los habitantes nativos del lugar.
En el marco de la normativa internacional, para la protección de la vida y de los ecosistemas marinos, la Organización Marítima Internacional (OMI) es la autoridad de aplicación a nivel mundial en el marco de la Organización de las Naciones Unidas, encargada de dictar las normas para la seguridad, la protección y el comportamiento ambiental que regulan el transporte marítimo internacional. Este organismo establece un marco jurídico internacional que brinda seguridad jurídica en materia de Derecho Internacional Marítimo. Las disposiciones que dicta la OMI regulan todos los ámbitos del transporte marítimo internacional a los efectos de que se garantice la eficiencia energética,
A los fines de regular los trabajos de exploración de los recursos de los fondos marinos, en el año 1994, se creó la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (International Seabed Authority, ISA) en virtud de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho Internacional del Mar, previamente explicada.
La AIFM, ha establecido una serie de reglamentos que regulan la exploración para los depósitos de nódulos de manganeso (2000), sulfuros polimetálicos submarinos (2010) y costras de ferromanganeso con alto contenido en cobalto (2012). En base a estas exploraciones específicas, la autoridad ha firmado contratos con consorcios de diferentes países hasta el año 2015, sobre una superficie total de 2.2 millones de km² en los fondos marinos de los océanos Atlántico, Pacífico e Índico.
Según el convenio regulador establecido por la autoridad de aplicación, cada empresa tiene el derecho exclusivo de explorar un área inicial de 150.000 km2 durante los primeros ocho años de contrato. Luego de finalizado ese período de tiempo, la mitad del área inicial de exploración deberá ser abandonada a criterio de los contratistas.
Los Estados Partes que participen en cada proyecto tienen la obligación de preservar el ambiente marino y controlar la contaminación procedente de cualquier fuente, evaluando a través de los informes de impacto respectivas los efectos potenciales de las actividades a desarrollar durante y posteriormente a las fases de exploración y explotación.
El Acto de la Minería Submarina de recursos minerales duros, (The Deep Seabed Hard Mineral Resources Act), fue escrito originalmente en 1980. Esta legislación es ampliamente reconocida como una de las principales en Estados Unidos con la ratificación de UNCLOS.
Junto con las naciones EEZ, la minería submarina, quedó debajo de la jurisdicción de las leyes nacionales. A pesar de exploración extensiva fuera de los EEZ, solo unos pequeños países, notablemente Nueva Zelanda han establecido marcos de trabajo institucionales y legales para el futuro desarrollo de la minería submarina[10].
Conclusiones finales [arriba]
Desde antaño y con mayor énfasis en la época del descubrimiento de las Nuevas Indias, el hombre estuvo ocupado en la navegación de los mares a los fines de hallar nuevas rutas y nuevas formas de comercializar para incrementar la productividad y la prosperidad de su generación,
“(…) aunque no sin peligro por los combates de las aguas, pero no hallaron fondo, porque era muy honda allí la mar, temieron, calmado el viento, no les echase el agua dulce o salada a dar en las peñas con sus corrientes, donde no hubiesen algún remedio” (Fray Bartolomé de las Casas, 1559)[11].
En este nuevo siglo XXI, el hombre recién comienza a explorar las profundidades del océano que conservan las mayores riquezas en minerales de todo el planeta, para ello se ha encomendado la explotación de los depósitos de los diferentes minerales, siendo necesario el desarrollo tecnológico de avanzada y la ciencia robótica aplicada en la materia.
La minería submarina viene a realizar un punto de inflexión en el camino de la industria extractivista y se redirige a la explotación de los minerales de mayor valor en el mercado actual, la extracción de oro y de cobre, que será realizada a gran escala y a 1.600 metros de profundidad bajo el proyecto con el nombre Solwara 1, (Papúa Nueva Guinea).
Con la premisa de que los recursos naturales bajo la explotación indiscriminada que coloca en peligro de extinción a las poblaciones y a las especies se magnifica con las actividades extractivistas a gran escala y con la sumatoria de que aún se conocen parcialmente los efectos que puedan generarse sobre la fauna y la flora subacuática, ya que los científicos aún estudian los impactos sobre ecosistemas; se aguardan las regulaciones a nivel de protección jurídica internacional a los fines de conservar y preservar esos recursos para el presente y para el futuro de las generaciones.
A modo de reflexión, ¿es el producto o subproducto que se puede obtener de la minería submarina un bien económico o un aprovechamiento económico para el desarrollo productivo de las presentes generaciones que dejaría una huella ecológica ambiental para las futuras generaciones, las cuáles debido a esta actividad deberían emprender nuevas tareas de recomposición o remediación de los ecosistemas afectados? ¿Qué efectos sobre el cambio climático podría generar la mega minería submarina a futuro?
Un artículo de la Universidad de Harvard Environmental Law Review en abril de 2018, argumentó que “la nueva fiebre global del oro” de la minería submarina o deep sea mining (en inglés) comparte muchas características con las actividades extractivistas del pasado, incluyendo una falta de preocupación por los impactos ambientales y sociales, y la marginalidad de las personas indígenas y sus derechos (Harvard 2018)[12].
Uno de los conflictos sociales y legales es la falta de realización del procedimiento de la consulta previa obligatoria para dar el consentimiento por parte de las comunidades afectadas en Papúa Nueva Guinea, que son comunidades indígenas, que conviven en la zona geográfica a ser explotada. Estas comunidades no solo viven allí, sino que tienen todo un contexto cultural de tradiciones y de costumbres que han pasado de generación en generación siendo parte de la misma historia del lugar. Los habitantes indígenas de Nueva Guinea, en su sistema de creencia afirman que ellos son uno solo con la tierra y el mar que los sustenta, y por ello rechazan las actividades de la minería submarina. Muchos de ellos fueron entrevistados por varios medios de prensa, y todos coinciden en que se devastaría la zona, se terminaría con el equilibrio de la vida que existe.
En estos mega emprendimientos, las personas no solo deben ser escuchadas, sino también comprendidas, y esa comprensión del entorno cultural, de las tradiciones de ser uno con la naturaleza, y de tener una impresión ya en el ser y en fuero más interior que deviene de generaciones y generaciones, es totalmente influyente y debe ser tenido en cuenta por las organizaciones internacionales gubernamentales y no gubernamentales a la hora de tomar una decisión de esta magnitud. El derecho de la preexistencia, el derecho de ser originarios, el derecho de subsistir de la pesca de tiburones y otros peces del lugar, es el derecho mismo a la alimentación, a la vida, a la salud, y si se violan todos estos derechos, se permuta productividad de algunos por la improductividad de otros, se permuta la mejora de la economía de unos por el deterioro de unos pocos, modificándoles su modo de vida, su hábitat, su hogar mismo.
Todas las acciones del hombre deben estar vinculadas al desarrollo sustentable, pero sucede que lo sustentable del hecho de dejar de explotar las minas terrestres y cambiarlas por las minería submarina deja de ser una actividad pensada como sustentable, cuando un sector productivo de un país desarrollado afecta a otro grupo de personas por su bien propio, lo cual se transforma en una violación a los derechos más esenciales y universales del ser humano, su hábitat, su modo y su calidad de vida, su dignidad, su alimentación, su salud emocional y espiritual.
Nunca hay demasiado interés por las empresas en estas cuestiones de creencias y tradiciones de los pueblos, sino que la invasión o “exploración y explotación”, de un territorio es un interés lucrativo, lo cual es de público conocimiento. Las organizaciones y autoridades del mar tanto internacionales como locales; deben de actuar reglamentando leyes que establezcan y determinen la importancia de los derechos humanos de quiénes habitan en el área geográfica próxima a los emprendimientos de la minería submarina y asimismo de los ecosistemas marítimos afectados.
La biodiversidad submarina es un universo aún no explorado. La tasa de pérdida de hábitats con un papel clave en la biodiversidad marina, como arrecifes de coral, praderas submarinas, bosques de manglar y marismas, es entre 2 y 10 veces superior a la tasa de la pérdida de bosques tropicales (Hendriks, Duarte & Heig 2006).
¿Qué sucedería si alguna de esas especies que se hallan localizadas y habitan actualmente en el fondo de las dorsales oceánicas contiene la cura a futuro para alguna enfermedad existente o síndrome humano que aún no fue descubierto?, ¿qué sucedería si esas especies desaparecieran o se pusieran en peligro de extinción?
Desde los más pequeños organismos hasta los más grandes tienen una funcionalidad específica sobre el equilibrio del ecosistema del planeta y de la vida misma. Aún desconocemos tanto del océano y ya se pretende realizar su explotación; antes que su exploración a los fines científicos y de hallazgos que podrían solucionar de forma científica muchísimos problemas vigentes. Hablando de la forma más sustentable, esos recursos submarinos tienen el potencial a los fines de mantener el equilibrio natural por las generaciones de las generaciones.
Los organismos que se hallan en un lugar afótico, y que subsisten desde millones de años en el bentos; son especies de las cuáles podríamos aprender a construir ciudades sustentables, biomateriales, a partir de la aplicación de la ecología industrial, asimismo, se podrían curar enfermedades actuales o futuras que aún no se conocen, o simplemente estudiarlos a los fines de conocer más acerca de los orígenes de la Tierra. Todas estas probabilidades podrían perderse de forma definitiva y ciertamente el ecosistema podría verse enormemente perjudicado y dañado, irremediablemente.
Asimismo, debido a que existe una cadena trófica submarina que brinda el equilibrio necesario para esta cadena desconocida que se caracteriza por una gran y rica biodiversidad existente en las profundidades del mar; a partir de la minería submarina podría desarrollar efectos devastadores, irreparables e irreversibles y hasta desaparecer.
A los fines de brindar una solución al menos parcial a la pérdida de especies (si es que estas explotaciones mineras submarinas se ponen en auge y comienzan a difundirse y esparcirse a lo largo de los océanos, lo cual puede tener un enorme costo para el ambiente marino y para la Tierra); se deberían construir parques ecológicos submarinos y reservas o santuarios en áreas marítimas protegidas, donde no se puedan realizar ningún tipo de actividades marinas, sino solamente tareas científicas y de investigación a los fines protección y conservación para el ecosistema marino, lo cual también protege todo el equilibrio terrestre.
Como se dice popularmente; este planeta debería llamarse “Océano” y no, “Tierra”, ya que nuestra Tierra tiene setenta por ciento de agua en su formación geomorfológica, y si haríamos una prospectiva o un avistaje de la cantidad de especies submarinas que existen y que aún no han sido descubiertas y relevadas, nos daríamos por convencidos que es el océano el que sustenta toda la vida en la tierra, y por ello, debemos hacer un punto de reflexión especial y concientizarnos en este tema, buscando proteger la vida marina a los fines de que el planeta sea apto para el desarrollo y la vida de las futuras generaciones, tal como lo asevera la mayoría de las Constituciones de los Estados modernos.
Fuentes y referencias bibliográficas [arriba]
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14.- INSTITUTO GEOLÓGICO Y MINERO DE ESPAÑA (IGME), C/Ríos Rosas, 23, 28003 Madrid | b Departamento de Cristalografía y Mineralogía, Univ. Complutense de Madrid, C/José Antonio Novais, 2, 28040 Madrid | c Ilustre Colegio Oficial de Geólogos, C/Raquel Meller, 7 280027 Madrid.
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Material audiovisual
Videos
a) BBC NEWS- https://www. Youtube .com/wat ch?v=VO9VA sLR1Lk
b) THE ECONOMIST - Deep-sea mining could transform the globe - https://www.yo utube.com/ watch?v=IYK aKeJv 2dQ
c) THE ECONOMIST - The deep ocean is the final frontier on planet Earth https://www .youtube .com/watch?v=p 0G68Orc 8uQ
Leyes consultadas y autoridades marinas referentes
1.- (ISA) - Seabed international authority / Autoridad Internacional de los Fondos Marinos, (AIFM) en español. https://www.isa .org.jm/e s/minera ls-overview /deep-s ea-miner al-resour ces-sulfuro s-polimet%C 3%A1li cos.
2.- (OMI) Organización marítima internacional http://www.imo .org/es/ab out/paginas /default.a spx La OMI (Organización Marítima Internacional) es el organismo especializado de las Naciones Unidas responsable de la seguridad y protección de la navegación y de prevenir la contaminación del mar por los buques.
3. - International chamber of shipping 12 Carthusian Street London EC1M 6EZ UK Tel. +44 (0)20 7417 8844 http://www.ma risec.org consultado en línea.
4. - International marine forum 27 Queen Anne´s Gate London SW1H 9BU UK Tel. +44 (0)20 7654 1200 http://www. ocimf.co m consultado en línea.
5.- Leyes complementarias en materia de buques pesqueros:http://www.c fp.gob.ar/ind ex.phpin c=le gnaciona l&ord= fec&or dd=a&org =8&lang=es.
6.- Convenio internacional MARPOL 73/78.
7.- Ley Nacional argentina N° 24.089.
8.- Prefectura naval argentina, Ship to Ship Guía de Transferencia (Petróleo) 4ta. Edición 2005 Para uso con petróleo crudo o productos derivados del petróleo, Órgano Responsable: Departamento Reglamentación de la Navegación División Reglamentación Internacional dpsn-sinternac@prefecturanaval.gov.ar. Recomendaciones sobre seguridad, niveles mínimos de equipamiento y prácticas correctas de operación. Sin embargo, debe tenerse siempre presente que, de existir regulaciones internacionales, nacionales o locales más rigurosas, éstas deben prevalecer. 10.4.3 Liberación accidental de carga Cualquier pérdida o derrame será informado de inmediato a los operarios de control de carga, los que interrumpirán la transferencia y le informarán al encargado de control general de asesoramiento. No se reanudará la transferencia hasta que no se haya acordado entre las personas / autoridades que están dadas las condiciones de seguridad. 10.4.4 Plan de Contingencia para Contaminación de Petróleo a Bordo (Shipboard Oil Pollution Emergency Plan, SOPEP, siglas en inglés) y Plan de Respuesta del Buque (Vessel Response Plan, VRP, siglas en inglés) Los riesgos de contaminación de petróleo durante las operaciones de transferencia STS no son mayores a los peligros latentes durante transferencia de carga en puerto. Sin embargo, como un área de transferencia puede estar fuera del alcance de servicios portuarios, habrá que contar con un plan de contingencia contenido en el SOPEP o el VRP que será puesto en práctica en caso de derrame de petróleo.
9.- REGINAVE (Argentina) Reglamento nacional de la seguridad de la navegación marina, Decreto Nº 4516 del 16 de mayo de 1973, "Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre" - REGINAVE también contiene Ordenanzas integrantes del Tomo 6 “Régimen para la protección del medio ambiente".
10.- Prefectura naval - Disposiciones complementarias de Prefectura Naval sobre reglamento REGINAVE, las cuales se enuncian a continuación:
- Disposición DPAM, RE4 – Nº: 01/2013.
- Disposición DPAM, RE4 – Nº: 02/2012.
- Disposición DPAM, RE4 – Nº: 01/2012.
- Disposición DPAM, RE4 – Nº: 01/2010.
- Disposición DPAM, RE4 – Nº: 02/2009.
- Disposición DPAM, RE4 – Nº: 01/2009.
- Disposición DPAM, RE4 – Nº: 03/2008.
- Disposición DPAM, RE4 - Nº: 02/ 2008.
- Disposición DPAM, RE4 - Nº: 01 / 2008.
Cuadro de normativa del marco normativo internacional
- Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Mar (CONVEMAR o CNUDM) (1982).
- CÓDIGO IMDG – Código Marítimo de Mercancías Peligrosas, (del inglés: International Maritime Dangerous Goods (Code).
- Convenio internacional relativo a la intervención en alta mar en casos de accidentes que causen una contaminación por hidrocarburos (Intervention 1969).
- Convenio internacional sobre responsabilidad civil nacida de daños debido a contaminación por hidrocarburos (CLC 1969).
- Convenio internacional sobre la constitución de un fondo internacional de indemnización de daños debidos a contaminación por hidrocarburos (FUND/71).
- Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS 74).
- Convenio internacional para prevenir la contaminación de las aguas del mar por hidrocarburos (OILPOL 54).
- Convenio sobre la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias (LC 1972).
- Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques (1973), en su forma modificada por el correspondiente Protocolo de 1978 (MARPOL 73/78).
- Convenio internacional sobre cooperación, preparación y lucha contra la contaminación por hidrocarburos (OPRC 1990).
Marco normativo nacional
- Constitución Nacional, Arts. 41, (jurisdicción de aguas), navegación de aguas, competencia.
- Código Penal, régimen de “envenenamiento de aguas” y otros delitos perpetuados sobre los cursos hídricos. Ver artículos concordantes.
- La Ley General de Presupuestos Mínimos Ambientales N° 25.675.
- Ley N° 20.094 Código nacional de la navegación. “Régimen de navegación” Sancionada el 15/01/1973 Publicada en el Boletín Oficial del 02/03/1973.
- Régimen de la navegación marítima, fluvial y lacustre, (REGINAVE) Decreto Nº 4.516 del 16 de mayo de 1973 y sucesivos.
- Ley Nro. 24.089, “Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques”, sancionada en la fecha 3 de junio de 1992, que ratifica el Convenio MARPOL 73/78.
- Ley N° 22.190, Régimen de prevención y vigilancia de la contaminación de aguas, Buenos Aires, 11 de marzo de 1980, Boletín oficial, 18 de marzo de 1980, Vigente. Decreto reglamentario Nacional 1.886/83 Art. 1, la reglamentación establecida en este decreto fue incorporada al dec. 4516/73.
- Ley Orgánica de la Prefectura Naval Argentina N° 18.398.
En Argentina, resoluciones de la Prefectura: (Existen 1109 resoluciones actualmente de la OMI que publica la Prefectura Naval) a la fecha septiembre de 2017.
Disposición 6 / 2014 | Directrices para la confección de planes de emergencia de empresas que operen sustancias peligrosas, Síntesis: Prefectura Naval Argentina. Aprobación de directrices para la confección de planes de emergencia de empresas a cargo de instalaciones de manipulación a granel de sustancias potencialmente peligrosas, Emisor: Prefectura Naval Argentina, Publicación en el Boletín Oficial: 13/03/2014, Buenos Aires, 06 / 03 / 2014 (1109 a la fecha). Disposiciones y Ordenanzas de la Prefectura Naval que rigen en la materia.
Notas [arriba]
[1] Artículo 6° - Convenio 169 OIT – Convenio sobre pueblos indígenas y tribales, 1989
[2] M. GONZÁLEZ, Javier SOMOZA Luis, FARJAS, Mercedes, LEÓN, Ricardo MEDIALDEA, Teresa, - Escuela Técnica Superior de Ingenieros en Topografía, Geodesia y Cartografía (UPM), CIGME http://www.igme.es/ sin fecha de publicación, en bibliografía se ampliarán datos de fuente.
[3]GONZÁLEZ, F.J., SOMOZA, L., LEÓN, R., MEDIALDEA, T., TORRES, T., ORTIZ, J.E., LUNAR, R., MARTÍNEZ-FRÍAS, J. & MERINERO, R. 2012. Ferromanganese nodules and micro-hardgrounds associated with the Cadiz Contourite Channel (NE Atlantic): Palaeoenvironmental records of fluid venting and bottom currents. Chemical Geology 310-311, pág. 56-78.
[4] MANDELL C.L. 1980, Ingeniería electroquímica, Ed. REVERTÉ Barcelona, reimpreso en 2003, Pág.328-360, consultado en línea.
[5] Ecured, consultado en línea, https://www.ecured.cu/Manganeso.
[6]ROSENBAUM, Dr. Helen, "Out of Our Depth: Mining the Ocean Floor in Papúa New Guinea". 2011. Deep Sea Mining Campaign. Mining Watch Canada, CELCoR, Packard Foundation.
[7] FAO – FOOD ADMINISTATION ORGANIZATION - http://www.fa o.org/ag/a gn/nutrition/ png_es.stm consultado en línea.
[8]RPP CIENCIA PERÚ 2017, Los habitantes de Papúa Nueva Guinea tienen la mayor diversidad genética del mundo, consultado en línea https://rpp.pe/cie ncia/genetic a/los-habit antes-de-Pa púa-nueva-g uinea-tienen-la -mayor-dive rsidad-ge netica-d el-mund o-noticia-1077 115.
[9]MOORE CLIVE, 2003, New Guinea: Crossing Boundaries and History, University of Hawaii Press.
[10] http://www.d eepsea mining outofourde pth.org/r eport/.
[11]FRAY BARTOLOMÉ DE LAS CASAS, 1559, Historia de las Indias, Tomo I, consultado en línea s/pág. La omisión es de la autoría.
[12]HARVARD ENVIRONMENTAL LAW REVIEW "Broadening Common Heritage: Addressing Gaps in the Deep Sea Mining Regulatory Regime". 2018-04-16.
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