JURÍDICO ARGENTINA
Doctrina
Título:Jóvenes infractores de la Ley Penal, estrategias de intervención de la comisaría del menor
Autor:Gallardo, Alberto - Morello, Gabriel - Rousselle, Susana
País:
Argentina
Publicación:Colección de Libros de Ponencias de Congresos de Derecho a la Niñez, Adolescencia y Familia - Ponencias VII Congreso Latinoamericano de Niñez, Adolescencia y Familia
Fecha:08-11-2015 Cita:IJ-CMXXV-556
Índice Relacionados
Antecedentes institucionales
Antecedentes judiciales a tener en cuenta
Información estadística
Causales de ingreso
Lugar de residencia de los jóvenes
Lugar de residencia de los jóvenes alojados
Fundamentación

Jóvenes infractores de la Ley Penal, estrategias de intervención de la comisaría del menor

Gabriel Morello
Alberto Gallardo
Susana Rousselle

Antecedentes institucionales [arriba] 

Comisaría del Menor es una unidad especial de la que depende de la Jefatura de Policía en función judicial, Dirección Investigaciones, Ministerio de Seguridad de la Provincia  de Mendoza.

Desde sus orígenes la Policía de Mendoza se ha ocupado de Niños y Adolescentes.

En el año 1.947 se creó la Sección Policía del Menor con asiento en la Jefatura de Policía.

Posteriormente la Sección Asuntos Juveniles dependiendo de la Dirección Investigaciones.

Hasta que en el año 1987 por decreto Nº 2173 del Gobierno de la Provincia de Mendoza se crea la Comisaría del Menor debido a la necesidad de contar con un lugar especial donde los menores alojados no tengan contacto con mayores detenidos, además del constante incremento de situaciones conflictivas con la ley donde se involucran personas menores de 18 años.

Su creación se debió a los siguientes objetivos:

- Preservar la integridad psicofísica del adolescente.

- Un lugar de alojamiento separado de mayores.

- Mejorar su bienestar mientras esté privado de la libertad.

- Orientar su conducta y ocupaciones.

- Contener a su familia.

- Reinsertarlo plenamente en la sociedad.

- Que no vuelva a delinquir.

Objetivos que en la actualidad se continúan bregando, para que el trabajo cotidiano rinda frutos, en el lapso que transiten por estas instalaciones.

El accionar de la Comisaría del Menor se fundamenta en Disposiciones legales vigentes tales como:

- Constitución Nacional.

- Convención Internacional de los Derechos del Niño.

- Tratados Internacionales con rango constitucional de Familia niñez y adolescencia.

- Ley Nacional 26.061 de Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.

- Ley 6354/95 de Niñez y Adolescencia de la Provincia de Mendoza.

- Disposiciones del Ministerio de Seguridad

- Disposiciones de los Juzgados intervinientes.

A partir de la vigencia de la Ley 26.061 la Comisaría del Menor comenzó a recibir jóvenes involucrados en delitos de 16 a 18 años, los denominados jóvenes punibles, el resto de jóvenes menores de 16 años interviene la O.A.L. (Organo Administrativo Local) de la Dirección de Niñez, adolescencia y familia (DINAF) en razón de su inimputabilidad.

Implementándose esta metodología de trabajo, a partir del mes de Setiembre del año 2.012

Logrando este momento, un cambio de paradigma para el en que transite por estas instalaciones, poniendo el foco de atención en el joven y su situación particular persona, no en el delito que se le atribuye, para ello está la Justicia Penal de Menores.

Esta Dependencia funciona las 24 horas los 365 días del año, en coordinación judicial e institucional, interviene cuando se presentan adolescentes en conflicto con la ley Penal.

Esto produce que en la actualidad, se realice cotidianamente un trabajo en Red con los demás entes intervinientes en el tema, con distinto tipo de medidas conexas, conjuntamente con las siguientes instituciones.

DI.N.A.F. (Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia)

C.A.I. (Cuerpo Auxiliar Interdisciplinario)

O.A.L. (Órgano Administrativo Local)

E.P.A.S.I (Equipo para el abordaje del abuso sexual infanto-juvenil)

S.R.P.J. (Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil) Centros de Tratamiéntos de Adicciones.

U.M.A ( Unidad de Medidas Alternativas).

U.I.C. (Unidad de Internación en Crisis)

Tratando siempre de trabajar en Red con los distintos organismos, meta que siempre se intenta alcanzar, realizando colaboraciones en traslados de jóvenes a distintas provincias, a Hogares de alojamiento o centros de tratamiento de adicciones, ordenados por la Justicia.

Alojando transitoriamente jóvenes que tienen conflictos en el S.R.P.J., hasta que se pueda resolver su situación de conflicto en esas instalaciones, por problemas como motines, o lesiones entre jóvenes internados.

Asimismo, es constante el contacto con otras Dependencias omónimas, como Comisaría del Menor de San Rafael.

Justificación de su creación

Teniendo en cuenta la necesidad de la creación de una unidad Especial, para alojar a jóvenes que no estén en contacto con detenidos adultos, de igual manera para dar cumplimiento a todo lo dispuesto en la constitución y tratados internacionales respecto al tema.

La Comisaría del menor recibe adolescentes hasta los 18 años, que se encuentran en conflicto con la Ley Penal y por Medidas de Protección, siendo la puerta de entrada al sistema judicial.

El tiempo de permanencia de los jóvenes alojados en la dependencia varía según lo disponga el Juez interviniente o el Órgano Administrativo de Aplicación de la Ley 26.061

Los jóvenes alojados en la Dependencia permanecen en ella, a la espera de la resolución judicial, siendo visitados periódicamente por familiares, donde se le da contención y se establecen patrones claros de conducta a seguir, basados en el respeto mutuo y protección de derechos, de los jóvenes, de los funcionarios policiales y de todos los que transiten por la Dependencia.

Tienen satisfacción de sus necesidades básicas, donde se bañan,  desayuno,  almuerzo, merienda y cena.

Generalmente la población que ingresa a la Comisaría del Menor presenta un perfil de alta vulnerabilidad social:

- Pertenecen a niveles socio-económicos y culturales bajos.

- Presentan un alto porcentaje de deserción escolar

- Pertenecen a grupos que poseen conductas de riesgo.

- Sus habilidades sociales son deficitarias

- Con incorrecta utilización del tiempo - tiempo ocioso sin actividades proactivas-.

- Han experimentado con sustancias adictivas

- Se muestran abúlicos, desmotivados, con baja autoestima.

- Pertenecen a familias con baja cohesión familiar, padres coercitivos, ambivalentes o permisivos, con comunicación negativa en donde existe la descalificación, mensajes contradictorios o con alto índice de violencia.

- Algunos presentan historias de institucionalización y distintos niveles de transgresión a la ley penal.

- Casos particulares de familias con buen y alto nivel adquisitivo y profesional. Asimismo tienen poca o nula contención afectiva, donde también falta el control y falta de límites.-

Antecedentes judiciales a tener en cuenta [arriba] 

Art: 203 Ley 6722: “ La formación y capacitación tendrán como objetivo esencial dotar al personal de las Policías de la Provincia de los instrumentos necesarios para brindar a la comunidad una óptima prestación del servicio de seguridad pública mediante el eficiente desempeño de sus funciones específicas”

Art. 12 Reglas de Beijing: “Para el mejor desempeño de sus funciones, los agentes de policía que traten a menudo o de manera exclusiva con menores o que se dediquen fundamentalmente a la prevención de la delincuencia de menores, recibirán instrucción y capacitación especial. ..” .

La dirección Investigaciones cuenta con el área de Capacitación dependiente del I.U.S.P. (Instituto Universitario de Seguridad Pública), donde anualmente esta comisaría dicta cursos para personal policial, donde se los nutre de este nuevo paradigma, legislación actual vigente, y trato con jóvenes.

Este curso está dictado por Profesionales del Ministerio Público, de Derechos Humanos, D.I.N.A.F., Consejo de Niñez y adolescencia, U.M.A. (Unidad de Medidas Alternativas), que enriquecen el conocimiento de los funcionarios asistentes.

Observando que la familia es el ente transmisor de educación informal y de influencia directa sobre los chicos, y los mismos forman su personalidad en función a los modelos y normas de vida y valores que reciben del núcleo familiar, concretamente de los padres de familia, o de las personas mayores que los cuidan o tienen a cargo. Se colabora con el Taller de Padres que se dicta en esta sede, a los padres que concurren en horarios de visita, para busca de sus hijos o adolescente a cargo y/o cuidado a fin de acercar a los adultos del grupo familiar.

Cabe destacar que la buena marcha de la Comisaría del Menor depende de la capacidad y competencia profesional del personal como así también de la integridad y actitud humanitaria de los mismos para el trato con los alojados y su familia.

De esta manera y en virtud de los cursos dictados, esta Dependencia busca que los funcionarios que trabajen en esta sede, tengan un perfil adecuado para poder desenvolverse con ideoneidad.

Información estadística [arriba] 

Del análisis de los Microlegajos de los jóvenes que obran en esta sede, se forma una base de datos, de los cuales surge la información necesaria para realizar un estudio estadístico, sobre los jóvenes que transitan por la Dependencia:

INGRESOS Y REINGRESOS A COMISARIA DEL MENOR SEGUN SEXO, CAUSAS, LUGAR DE RESIDENCIA Y DERIVACION

FUENTE: COMISARIA DEL MENOR

INGRESOS Y REINGRESOS A COMISARIA DEL MENOR SEGUN SEXO, CAUSAS, LUGAR DE RESIDENCIA Y DERIVACION

INGRESOS Y REINGRESOS A COMISARIA DEL MENOR SEGUN SEXO, CAUSAS, LUGAR DE RESIDENCIA Y DERIVACION


FUENTE: COMISARIA DEL MENOR

INGRESOS Y REINGRESOS A COMISARIA DEL MENOR según SEXO

AÑO 2.015

ESTADISTICA TRIMESTRAL

MES: Enero-Febrero-Marzo Abril- Mayo-Junio- Julio-Agosto- Setiembre

SEGÚN LUGAR DE RESIDENCIA

FUENTE: COMISARIA DEL MENOR DIRECCION DE INVESTIGACIONES MINISTERIO DE SEGURIDAD

Ingresos de Jóvenes en Comisaría del Menor según Sexo

Causales de ingreso [arriba] 

Lugar de residencia de los jóvenes [arriba] 

Lugar de residencia de los jóvenes alojados [arriba] 

Aportes

Del análisis de la información estadística, se pude establecer, que los departamentos más poblados, son de donde provienen la mayor cantidad de jóvenes que son alojados.

Asimismo, se observa en que en esas zonas sería de mayor provecho, comenzar a trabajar en prevención desde lo social, dirigido para contener y orientar a estos jóvenes.

Asistiendo a las escuelas de estos lugares, con charlas orientativas, mostrando al funcionario policial en un rol social contenedor y no solo de aplicación de justicia, el cual está para ayudarlos y no en su contra.

Asimismo, un buen aporte sería contar con un mayor número de profesionales y funcionarios policiales para cumplirla tarea, igualmente el compromiso de manifiesto a diario siempre es óptimo para lograr los objetivos planteados antes desarrollados.

Fundamentación [arriba] 

La violencia a menudo es expresión de frustración y hostilidad, a veces generada por una profunda insatisfacción con la vida. La frustración social crea inseguridad y confusión en la cual muchas veces no se encuentra salida.

William Glasser, explica la diferencia entre disciplina y castigo.

Disciplina dice el autor: “siempre comienza y finaliza tratando de enseñar a los jóvenes a seguir reglas razonables a través de la negociación”.

Castigo: “Comienza y termina tratando de forzar a los jóvenes a seguir determinadas reglas , incluso algunas sin razón evidente, provocando algún tipo de dolor”.

La disciplina enfoca a que los jóvenes puedan aprender a controlar y cambiar sus conductas.

Volviendo a la definición de castigo vemos que significa penalizar y provocar dolor físico o emocional. Su propósito más importante es imponer una consecuencia que dé como resultado molestia en las personas, el que mal  comportó o rompió las reglas.

La idea que sigue en el castigo es que el transgresor, recordará el dolor que se le provocó y en el futuro seguirá las reglas pero muchas veces también se aplica para no dejar “mal parado” nuestro sistema de autoridad.

Utilizar castigos con transgresores juveniles a lo mejor producirá resultados de cambio a corto plazo. Pero para muchos de los jóvenes que tenemos albergados, el dolor no es nada nuevo.

Por lo tanto el castigo puede frenarlo temporariamente, pero no han aprendido una nueva forma de comportarse que reemplace la existente que es inapropiada. Una nueva forma de pensar acerca de lograr satisfacer las necesidades no ha sido internalizada, hecha propia. En consecuencia los jóvenes continuarán utilizando su vieja conducta a la cual están familiarizados y han satisfechos eficientemente sus necesidades en el pasado aunque haya creado problemas a la comunidad.

La disciplina es otro enfoque que se puede utilizar para trabajar con problemas de conducta.

Disciplina significa educar, entrenar o instruir.

Utilizando este enfoque se puede ayudar a los jóvenes a producir cambios duraderos de largo plazo en sus conductas y formas de pensar.

La disciplina dice a los jóvenes no solamente qué conducta parar sino que también los ayuda a comprender qué conducta comenzar.



© Copyright: Asociación Latinoamericana ALAMFPYONAF